La legitimación de la prisión preventiva a propósito del derecho a la libertad individual
Abstract
El mandato Constitucional que hace el artículo 19 N° 7 letra E de
nuestra Constitución no ha sido tratado correctamente por el Código
Procesal Penal, entregando una discrecionalidad al juez que la carta máxima
buscaba radicar en la Ley.
Además, las hipótesis en las cuales se puede atentar en contra de la
libertad del hombre sin una condena firme no encuentran una correcta
legitimación a la luz de la defensa de ciertos derechos fundamentales que
nuestro sistema jurídico en teoría suele defender. Encasillando forzadamente
la prisión preventiva en casos que son absolutamente ilegítimos y que
responden más a razones de hecho que a estricto derecho. Situación que
difícilmente cambiará mientras no se le quite la amplia discrecionalidad con
la que cuenta el juez, muchas veces coactado a juzgar mas por presiones
externas que por conceptos legales.